A diferencia de muchos de los que hablan de ella he dedicado un buen rato a leer la sentencia del Tribunal Supremo que encuentra a Garzón culpable. Mi conclusión es que es una sentencia brillante. No obstante, son cerca de setenta folios, y si bien el lenguaje que emplea es fácilmente comprensible, puede que a muchos les resulte muy pesado, y en más de una ocasión se pierdan.
No pretendo dar lecciones de nada ni a nadie, pero creo que merece la pena que intente arrojar algo de luz sobre una cuestión tan controvertida, y como siempre que escribo en este blog, bajo mi punto de vista.
En primer lugar hay que dejar clara una cosa, a Baltasar Garzón no se le juzgaba por su trayectoria como juez. Parece que muchos se empeñan en hacer de este proceso una causa general contra el ex-magistrado, cuando lo cierto es que sólo se le juzgaba por una cosa: si cometió el delito de prevaricación, nada más. Tiene otras causas abiertas, pero esas se juzgarán por otros tribunales.
Ahora analicemos el hecho que le sentó en el banquillo de los acusados: Garzón ordenó ordenar grabar las conversaciones que los acusados mantenían con sus abogados, algo que vulnera diversos derechos, pero principalmente vulnera un derecho fundamental que consagra el art. 24 de la Constitución, que es el derecho a la tutela judicial efectiva, para que nos entendamos, el derecho que todos tenemos a un juicio justo.
Podríamos entrar en disquisiciones sobre lo que es un juicio justo, el derecho a la defensa, el secreto profesional, el derecho a la intimidad y otros aspectos que se detallan en la sentencia, y que todos fueron vulnerados por el juez Garzón. Sin embargo, el que desee entrar en ellas tiene a su disposición la sentencia, en ella se explica detalladamente todas y cada una de estas cuestiones. Podemos resumir la sentencia concluyendo que Garzón tomó una decisión injusta a sabiendas de que lo era y por tanto cometió el delito que se recoge en el 446.3º del Código Penal. Además Garzón cometió otro delito, el previsto en el art. 536 del Código Penal. Todo ello queda más que probado en la sentencia y por tanto Garzón ha sido condenado a once años de inhabilitación (cabe recordar que se contempla una pena de hasta veinte años de inhabilitación para el delito de prevaricación).
Como cabía de esperar, no para todos la sentencia es justa. Y es aquí donde radica el verdadero debate, ¿por qué no es justa la sentencia?: ¿Por qué Garzón ha sido un juez estrella? ¿Por qué ha tenido más arrestos que ningún otro y ha perseguido a los criminales sin descanso? ¿Por qué juzgó a Pinochet, así como a narcotraficantes y terroristas? ¿Es injusta la sentencia porqué Garzón fue el juez que destapó el GAL? o ¿Por qué se le ha condenado por tratar de evitar un delito? Puede que este último argumento sea el que más se lea en los medios de comunicación. Sin embargo, y cito la sentencia, “La justicia a cualquier precio deja de ser justicia”.
Podemos elegir infinidad de razones para decir que la sentencia es injusta. Pero ¿Qué es justicia? Debemos distinguir entre justicia como concepto subjetivo, y aquí cada uno tiene el suyo; y justicia como valor y fin en sí mismo, y aquí entramos en cuestiones de filosofía del derecho, donde se contraponen las corrientes iusnaturalistas y positivistas. Lo cierto es que resulta verdaderamente difícil dar un concepto científico de justicia, en este caso me voy a remitir a la definición de Norberto Bobbio que entiende que es “aquel conjunto de valores, bienes o intereses para cuya protección o incremento los hombres recurren a esa técnica de convivencia a la que llamamos Derecho”.
La sentencia que condena a Baltasar Garzón ha sido adoptada por unanimidad por SIETE jueces, ¿pensáis que siete personas pueden coincidir, sin discrepancia alguna, en el concepto de justicia? Yo difícilmente lo creo posible. No obstante, esas siete personas han estado de acuerdo en que el Juez Garzón vulneró la ley y que los hechos están suficientemente probados. Y no son siete personas cualquiera, son siete magistrados del Tribunal Supremo, y a quién esto no le diga nada, puede ir consultando los requisitos necesarios para ser designado magistrado del Tribunal Supremo.
En un Estado de Derecho cuando alguien vulnera la ley y queda suficientemente probado es condenado, y eso es justo con arreglo a derecho, porque lo dice la ley. Si son siete magistrados los que te juzgan, y la decisión la toman por unanimidad, cabe decir que la sentencia no puede ser más justa, porque son siete, nada más y nada menos, los que están totalmente de acuerdo en que has vulnerado la ley y eres culpable. Por tanto, desde un punto de vista estrictamente jurídico, no podemos decir que la sentencia sea injusta.
¿Cabe que la sentencia sea justa, pero que se esté cometiendo una injusticia con Garzón? Pues depende. Desde un punto de vista jurídico, como he dejado claro, rotundamente no. Pero algunos hablan de lo que podríamos llamar la justicia «social», es decir, aquello con un grupo considerable de la sociedad considera justo, y puede que desde este punto de vista la conclusión a la que se llegue sea otra.
La justicia, como vemos en la imagen, se representa como una mujer que con una mano sostiene una balanza, con la otra una espada, y que tiene los ojos vendados. La justicia «legal», la que se aplica por los tribunales de justicia, sería es la que tiene los ojos vendados; mientras que la justicia que hemos denomidado «social», los tendría destapados. Esta es una de las razones de por qué a algunos le puede parecer injusto algo que con arreglo a la ley es justo. Otras veces, lo que ocurre, es que las normas sociales se adelantan a las normas legales, y éstas tienen que adaptarse a aquéllas, de modo que podríamos decir que en ocasiones, lo que hemos llamado justicia «social» se adelanta a la justicia «legal». Sinceramente no creo que el caso que nos ocupa sea este último.
En el caso de Baltasar Garzón la justicia que reclaman algunos viene inducida, principalmente, por unos medios de comunicación que más que de informar tratan de manipular la opinión pública, tratan de predisponer a aquellos que no conocen las normas y el porqué de esas normas. O distorsionan con argumentos torticeros del estilo: “el juez que perseguía a los corruptos ha sido condenado mientras que ellos se han librado”. De no ser por muchos de estos argumentos, absolutamente deformados y tergiversados, que tratan de confundir y no de informar, la polémica en torno al juez Garzón habría nimia. También habría sido menor la repercusión si el susodicho no tuviera otras dos causas abiertas, una de ellas relativa a la polémica memoria histórica. Pero estas son cuestiones en las que de momento no tengo pensado entrar.
Son, por tanto, varios los factores que han motivado toda esta algarabía en torno a Garzón:
– La merecida reputación de Baltasar Garzón de juez estrella, perseguidor de criminales y adalid de la justicia, en su etapa más espléndida como juez y que por desgracia va a resultar empañada por esta merecida, a mi juicio, condena.
– Un profundo desconocimiento del ordenamiento jurídico por parte de la sociedad española.
– La utilización torticera de los medios de comunicación de esa ignorancia con el objeto de politizar una cuestión meramente jurídica.
– Que el proceso en que el juez Garzón prevaricó persiguiera presuntos delitos de dirigentes del Partido Popular.
– La existencia de dos causas más contra Baltasar Garzón y principalmente que una de ellas tenga que ver con el franquismo.
Estos factores son los que en gran medida han distorsionado la realidad de los hechos que han llevado a que Baltasar Garzón haya sido expulsado de la carrera judicial. Distorsión que, una vez más, es utilizada (en esta ocasión por la izquierda, otras veces lo hace la derecha) para decir que tenemos una justicia politizada, para decir que la justicia no funciona y demás barbaridades que están en boca de todos. Barbaridades que esta vez son infundadas, pero que, por desgracia, en otras ocasiones hemos visto que no lo son tanto.
Alguien dijo una vez: “Cuando un hombre pide justicia es que quiere que le den la razón.” Pero tenemos que saber que lo justo y lo que nosotros queremos no siempre es lo mismo. Por eso nos dotamos de leyes, y por eso existen jueces formados y preparados, que las aplican. De lo contrario, la justicia se aplicaría al arbitrio de la mayoría y no de la ley, dejándo de ser justicia, con consecuencias terribles para todos, y si no que se lo pregunten a María Antonieta que aún anda buscando su cabeza.
estaría bien que hicieses lo mismo con el caso de Camps
Estaba esperando a ver si el PSPV la recurría al Tribunal Supremo, acaban de anunciar que lo van a hacer, puede que cuando salga la sentencia lo haga.
No sabía yo, que las sentencias son más justas en función de que sean aprobadas por más o por menos.
¿Es posible que SIETE magistrados del Supremo prevariquen? SI.
Si, por supuesto, en el caso de que lo hayan hecho las intancias internacionales anularán la sentencia. Dudo que lo hagan. Un saludo.
Eres un facha de mierda y los sabes, gilipollas.
No me parece bien tu actitud, Bonifacio.
Señor Bonifacio, un comentario de una extrema calidad técnica y agudeza mental. Por curiosidad, ¿cuánto tiempo te llevó escribirlo?
Lordcirus, gran entrada, no se podría haber explicado usted mejor.
se puede opinar sin insultar.
Le ruego que el título de su blog sea «Desde mi punto de vista» y no «bajo», que es incorrecto. Todo lo demás muy bien. Hernansáez.
No estoy de acuerdo, y la RAE tampoco, mira la acepción 47 de la palabra bajo: http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=bajo ;) Gracias por el resto de comentarios.
España libre de opinion y expresion! da fundamentos en vez de insultar….!!!!!!
Muy brillante tu punto de vista, se te olvida algo….. que los abogados de la Gurtel eran supuestamente complices del delito. Con la justicia hemos topado. Te juego lo que quieras que lo de Camps y sus complices queda en nada. Bueno a ellos les asiste la justicia, con minusculas.
La Justicia en España es el gran problema pendiente de resolver. Haber quien tiene cojones de meterles mano.
Lo que dices es falso, repasa la sentencia y verás como Garzón ordenó las escuchas antes de que los acusados hubieran designado a sus abogados, era absolutamente imposible saber si los abogados eran cómplices o no de ningún delito.
Me parece muy bien el articulo, y ahora dime a cuantos jueces podian haber sido juzgados por este delito y nunca lo fueron. Porque dices que la unanimidad de los siete jueces es una garantia, y los fiscales no son expertos legales, son analfabetos. Lo dicho, bien por el articulo pero discrepo en una afirmación tuya que lo jueces solo tienen en la cabeza el estado de derecho, la justicia y la argumentación jurídica que la acompaña a la sentencia sea impecable. Si esto fuera así habría mucho más jueces juzgados por prevaricación.
Hay muchos jueces juzgados por prevaricación, que no salga en los medios de comunicación es otra cosa, en la misma sentencia se enumeran cantidad de sentencias donde jueces han sido condenados por prevaricación, te invito a que las busques. Por otro lado, si haces referencia al caso de Marta del Castillo te ruego que compruebes si el abogado de Carcaño ha interpuesto una demanda contra el juez instructor del caso, verás que no ha sido así y que por eso no se le ha juzgado.
He de decir, ante todo, que yo no me he leído la sentencia, ni estoy versado en derecho. Pero sí que he leído bastante sobre el caso a manos de gente experta, y he leído razones de uno y otro lado, y, la verdad, es que creo que los que han prevaricado han sido los siete jueces del supremo. La ley que rige las escuchas, tanto en la cárcel como fuera, es clara y hay otros casos que sientan jurisprudencia. Así mismo, las escuchas no fueron descartadas y el juez Pedreira, que continuó el caso, se valió de las mismas. Si condenan a este juez a otros 11 años de inhabilitación por el mismo delito, me creeré que la sentencia es justa. En caso contrario, no veo dudas de la cacería a Garzón.
Es patente que tu eres una de las víctimas de la manipulación de los medios de comunicación de que hablo en el post. Yo sólo he tratado de poner de manifiesto que como tú hay muchos. Un saludo.
buen artículo pero no sé porque estas de acuerdo con la sentencia…veo que tienes conocimientos de derecho, no crees que aplicar el tipo de prevaricacion es demasiado? El mismo TS muchas veces anulo escuchas o pruebas que vulneraban el derecho de defensa pero eso no implicó que el juez que las hubiese dictado fuese declarado culpable de prevaricacion.
Por otro lado, no dices nada de que la fiscalia y el juez Pedreira que siguió con el caso, se mostraron a favor de las escuchas y las siguieron practicando, según tu criterio ellos también están prevaricando? Me encantaría que me contestases. Un saludo
No digo nada de la fiscalía ni del Juez Pedreira porque la sentencia deja muy claro que quién ordenó la escuchas es el que cometió el delito de prevaricación. También relata la sentencia los únicos supuestos en que cabe la posibilidad de ordenar las escuchas.
Desconozco el caso al que aludes donde no se condenó al juez por prevaricar, en el caso de que exista es probable que no se le demandara, como he referido anteriormente. Si no es el caso agradecería que me dijeras uno.
Hola,
antes de nada, no soy jurista ni tengo mucha idea sobre la legislación aplicable en este caso.
Tengo entendido que para realizar las escuchas, Garzón se acogió al artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y al artículo 51 de la Ley General Penitenciaria, que en su punto 2 dice que ”Las comunicaciones de los internos con el abogado defensor se celebrarán en departamentos apropiados y no podrán ser suspendidas o intervenidas salvo por orden de la autoridad judicial y en los supuestos de terrorismo”.
Al parecer eso ya lo han hecho otros jueces antes con casos que no están relacionados con el terrorismo, como el de Marta del Castillo.
Saludos
Tienes razón, pero a esos jueces no se les ha interpuesto una querella criminal, que yo sepa, por eso no han sido condenados. Por otro lado en la sentencia se recoge un concienzudo estudio de los casos en que se pueden aplicar los artículos que citas. Búscalo y saldrás de dudas.
Estoy muy de acuerdo con tu punto de vista. Es más, creo que si pudiésemos ver en los medios de comunicación análisis tan serenos y concienzudos como el que tu has hecho, otro gallo cantaría. Enhorabuena.
Muchas gracias!
Perdone mi ignorancia, pero ¿no son los miembros del Tribunal Supremo elegidos, y permítame la expresión, a dedo por el Consejo General del Poder Judicial?
Además, si no me equivoco, ¿no pretende el Partido Popular que los miembros de esta última institución sean elegidos exclusivamente por jueces, y no por los miembros del parlamento?
En la Ley Orgánica del Poder Judicial se recoge el sistema de elección de los jueces del Tribunal Supremo, allí encontrarás la respuesta.
El Partido Popular pretende que 12 de los 20 miembros del CGPJ se elijan por jueces, no todos ellos. Un saludo.
¿Es cierto lo del caso de Marta del Castillo? ¿Al juez que lo ordenó en ese caso no se le va a condenar?
En respuestas anteriores he dejado contestada tu pregunta. Un saludo.
Nota hecha pública por el propio juez Garzón: http://politica.elpais.com/politica/2012/02/09/actualidad/1328816348_065398.html
¿Qué pasaría si el parlamento decidiera equiparar la gravedad del delito de corrupción, u otros, al de terrorismo y, en consecuencia, permitir escuchas entre un imputado y su defensa? Garzón seguiría siendo prevaricador, pero los que actuaran como él a partir de ese momento, ya no lo serían. Sería lo legal, pero ¿sería justo?
Tú te pones en una situación ideal, aislada, que hace de un juicio un experimento de física con condiciones ideales, aisladas de su contexto social y político. Pero el hecho es que existen corruptos, existen abogados corruptos, existen criminales que siguen delinquiendo desde la prisión. ¿No sería justo y deseable que se trasladara a la ley su persecución por todos los medios? Algunos creemos que sí. Y por lo tanto, la ley no es suficientemente justa.
Supongo que tus apreciaciones sobre «sentencia brillante» o «suficientemente probado» serán algo más que subjetivas. Pero mucho me temo que habrá alguien con suficientes conocimientos en derecho que lo encuentre así. De hecho habrá recurso porque afortunadamente para nosotros hay instancias superiores al Tribunal Supremo.
El argumento del número es bastante pobre. Con perdón: «un pegote de mierda» seguirá siendo un «pegote de mierda» a pesar de lo que opinen 1.000.000 expertas de moscas.
Algunos tenemos la impresión que de todos los relacionados con el tema: implicados, abogados, fiscales, policías, funcionarios de prisiones, etc. El único «habrá actuado mal» y que saldrá mal parado será el juez condenado.
Para terminar, ¿podemos pensar que el Tribunal ha prevaricado? Evidentemente, eso no ha pasado. Pero, por favor, además que NO LO PAREZCA.
En relación a tu primera pregunta, sí, Garzón seguiría siendo un prevaricador, es lo que se llama principio de irrretroactividad.
Lo que tú consideras justo y deseable está claramente inducido por un medio de comunicación. Probablemente si tuvieras que ir a Juicio no te gustaría que las alternativas que te ofrece tu abogado para tú defensa y tu elección por alguna de ellas fueran conocidas de antemano por nadie, incluso aún cuando fueran delicitivas. Pero cuando no es a nosotros nos importa bien poco el derecho a la defensa. La justicia implica que a todos se nos imponen las mismas leyes, sin distinción alguna. De momento la ley es la que es, y si a algunos no les gusta que pidan que se cambie, pero lo que no se puede hacer es romper las reglas del juego, y mucho menos si eres un juez. Eso precisamente si que es injusto. En cuanto al concepto de justicia, como ya he dicho es muy subjetivo. A mi me parece de lo más justo que todos tengamos derecho a la defensa, porque como consecuencia de un juicio, si se nos condena nos veremos privados de los derechos que todos tenemos garantizados. A veces hay que mirar más allá y no sólo quedarse en el caso concreto.
«Afortunadamente para nosotros» ¿Eres familiar del juez Garzón? En ese caso siento que le hayan condenado. Si no lo eres, creo que harías bien en leer el 2º párrafo de este post.
¿El argumento del número también es pobre en relación al Caso Camps?
Los que tenéis la impresión de que el único mal parado es Garzón estáis muy desinformados. Y si los siete magistrados del Tribunal Supremo han prevaricado te invito a que me lo demuestres, pero no con palabrería sino con argumentos jurídicos. Un saludo.
Gracias por responder.
Entiendo que tú, como yo, tratamos de opinar con toda la objetividad que nos permitan nuestra inteligencia, formación e información. Además, puede que nuestra opinión coincida con la de otros. Por eso no comprendo la objeción «claramente inducido por un medio de comunicación». Yo intento no ser portavoz, ni altavoz de nadie, sólo de mi mismo. Sólo gente del derecho sería capaz de leer la sentencia sin marearse. Yo no he podido pasar de la página 20 y francamente me entró dolor de cabeza cuando leí ciertos nombres, que todavía no han sido juzgados y que todos esperamos que lo sean pronto. Supongo que tú también. Espero, también, que la sentencia sea en su momento tan ejemplarizante y adecuada a la gravedad de los delitos como sostienes que ha sido esta.
Entiendo, y considero justo, el principio de la «no retroactividad», pero entiendo que se aplica a aquellos casos en los que algo pasa a ser delito, cuando no lo era. Que no sería el caso en el supuesto que puse.
Entiendo, y considero justo, el derecho a defenderse. Lo que no tengo muy claro es que halla inculpados y abogados que aprovechen este derecho para seguir delinquiendo. Si antes de detenerlos las autoridades podían escuchar las conversaciones de un sospechoso y sus defensores, comprobando así de paso que los abogados eran asimismo sospechosos, no comprendo como no podrá escucharse esas conversaciones cuando están detenidos y se sospecha que siguen «a lo suyo».
Mi expresión «Afortunadamente para nosotros» se refería a «nosotros los españoles». Si fuera familiar de Garzón posiblemente hubiera firmado esta carta:
ttp://www.cadenaser.com/espana/articulo/carta-hija-garzon-hoy-brindaran-champan/csrcsrpor/20120209csrcsrnac_18/Tes
Entiendo que se vote, que los votos se cuenten y que se gana cuando se supere la mayoría establecida. Forma parte de la democracia. Lo que sostengo es que la «unanimidad» es «sospechosa». Como pareces conocer el tema del derecho, quizás nos puedas informar a todos de cuántos juicios del Tribunal Supremo o Constitucional se resuelven por «unanimidad». Espero que cuando juzguen a Correa, su secuaces, incluidos abogados, halla la misma unanimidad.
Y bueno, ya que sacas el tema y estamos hablando de números y mayorías, nos explicarás a los pobres españoles, analfabetos en estos temas, cómo es posible que para culpar a Camps hicieran falta 7 votos mientras que para salvarlo sólo 5.
Yo no he afirmado en ningún momento que el Tribunal halla prevaricado por lo que no tengo que demostrar nada, en todo caso utilizaré los argumentos que considere oportunos, jurídicos o no, esto no es un juzgado.
Un saludo.
Puede que me excediera en presumir que tu opinión está inducida por un medio de comunicación, esa presunción tiene su explicación en tus palabras, muy similares a las recogidas en un medio de comunicación específico. Si a las conclusiones a las que has llegado, lo has hecho sólo entonces ruego me disculpes.
Claro que quiero que los presuntos delicuentes cuyos nombres aparecen en la sentencia sean juzgados, y en el caso de que se pruebe sean condenados. Por eso no entiendo, si sus delitos eran manifiestos que necesidad tenía Garzón de ordenadar las escuchas. Y no me vale el argumento que esgrimís muchos. El que presuntamente los abogados estén cometiendo delitos con sus clientes no es algo que, de acuerdo con la legislación vigente, autorice las escuchas. La presunción de inocencia es un derecho fundamental, y con lo que tú propones se vería gravemente cercenado. No obstante puedo entender que en tiempos de crisis, que haya cuatro malnacidos que se estén aprovechando de todos nosotros y que además se aprovechen de las garantías que ofrece la ley es algo que quema mucho la sangre y que no es justo lo que está pasando para con los que lo pasan mal. Si esto es así, presionemos para que se cambien las leyes, y de hecho ayer se dictaron medidas muy interesantes para directivos de empresas públicas y directivos de bancos en este sentido. Hay que andar con mucho ojo con lo que se pide, porque igual que tú intención para grabar las conversaciones de un abogado y su cliente es buena, la de otro no puede ser tan buena, y es precisamente para evitar la tentación de transgredir los derechos fundamentales que únicamente se permiten esas grabaciones en casos de terrorismo.
La retroactividad de la ley depende siempre de la voluntad del legislador, en la mayoría de casos depende de la voluntad del legislador, pero el art. 9.3 de la CE lo establece muy claramente para dos supuestos. Lo que tú defiendes sería una especie de amnistía para los prevaricadores, porque Garzón vulnera el Código Penal y por tanto comete un delito. No tiene nada que ver con la retroactividad de una ley.
Claro que la unanimidad es sospechosa, y más en un caso como el de un personaje como Garzón, crea la sospecha de que al juez Garzón lo hizo tan rematadamente mal que no ha dejado resquicio a ningún juez para emitir un voto particular. A los ajenos al mundo jurídico les puede parecer extraño, pero después de leer la sentencia lo entenderás perfectamente (si no quieres leerla toda lee a partir de los fundamentos de derecho, concretamente los referidos a la prevaricación y derecho a la defensa, las recusaciones y demás es mucho más complicado, pero lo otro puede que te sea más ameno).
Con relación a Correa no dispongo de información suficiente para emitir un juicio tan taxativo como el tuyo, no me fío de lo que dice ningún periódico, me fío de lo que las sentencias dicen que ha quedado probado en el proceso, es deformación profesional. Y en relación a Camps, mis conocimientos no alcanzan a la ley del jurado, supongo que en la exposición de motivos te darán respuesta a la cuestión que me planteas.
Por último, no afirmas que el tribunal prevarica, pero lo dejas caer planteándo que porque siete jueces adopten una decisión por unanimidad puede que estén prevaricando. ¡Vaya argumento! ¿entonces todas los jueces que han dicatdo sentencias adoptadas por unanimidad han prevaricado? Un saludo.
María Antonieta… no era esa que era complice de la hambruna del pueblo francés.
Puede que resulte simplista e idealista, sobre todo viendo lo políticamente correcto que es el autor de esto, pero yo me quedo con una cosa que para mí está por encima de tanta burocracia y legalismo: se ha inhabilitado una década a un juez muy válido en su intento de reducir algo la corrupción que pudre este país, por investigar a unos corruptos.
En este caso, para mí, el fin justificaba los medios.
No sé absolutamente nada de derecho, pero como he dicho, el fin que perseguía Garzón era lo importante, no la «legalidad o no» de cómo lo hiciera.
Dices que es una sentencia brillante, no te lo niego, al fin y al cabo son 7 magistrados. Estoy segura que les ha quedado un escrito digno de orgasmo para cualquier estudiante de derecho o profesional del sector, llenito de términos legalistas. Pero de principios y conciencia les falta bastante. Como ha dicho Jiménez Villarejo: son una casta de burócratas al servicio de la venganza.
Irene creéme que si tu fueras la acusada no te gustaría que el fin justificara los medios. ¿El fin justifica la tortura? ¿No es la tortura un medio? Hay que medir algo más las palabras.
Tú y los que le han juzgado decís que se ha vulnerado el derecho de defensa. Garzón dice lo contrario. De hecho, cuando introdujo la cláusula en los autos, lo que pretendía expresamente era que el derecho de defensa debía ser preservado. Tamién dictó un auto para expurgar de las transcripciones los fragmentos que pudieran afectarlo. Y además, no existe ninguna diligencia que haya sido consecuencia de las escuchas. Son muchos más matices de los que tú mencionas los que hay que tener en cuenta….
Todos esos matices están recogidos en la sentencia del Tribunal Supremo, si la lees tus dudas quedarán resueltas. Un saludo.
suicidate facha!!!! no se como no te cae la cara de verguenza!! a si no la teneis
Yo sé cero de derecho, por eso pido que alguien me explique porqué en unos casos las escuchas entre abogado e imputado (o lo que sea ya he dicho que se cero de derecho) son legales (cómo en el caso de Marta del Castillo) y en otro son ilegales (como en el caso Gurtel)
Y mi otra pregunta es: si yo cometo un delito pero el juez que me investiga comete un error yo me libro? O dicho de otra manera: el error de un juez en la investigación puede hacer que un delincuente quede libre?
En relación a tu primera pregunta, más arriba la he dejado contestada.
En relación a la segunda, en determinados casos sí, por una razón, el art. 11.1 de la LOPJ dispone: «En todo tipo de procedimiento se respetarán las reglas de la buena fe. No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales.» Si no surten efecto no hay pruebas, y sin pruebas nadie puede ser condenado. Por eso el juez instructor tiene que respetar la ley.
Según tu opinión las escuchas en el caso Marta del Castillo sólo son legales porque nadie las ha denunciado??? No hay alguien que se dedique a investigar estas cosas de oficio sin que haga falta una denuncia previa?????
Y en cuanto a la segunda cuestión no me parece que se haga justicia, porque de este modo el que tenga el mejor abogado o más dinero para investigar en que han metido la pata los policías, jueces, o demás funcionarios que lleven su caso tiene más posibilidades de quedar libre creía que esas cosas sólo pasaban en las películas y series americanas, dónde el malo gracias a que es rico se libra de la cárcel xq siempre consigue invalidar pruebas.
al final es en plan el chorizo me roba, el juez comete una equivocación, el juez es inhabilitado y paga al chorizo, el chorizo queda libre, se embolsa 2500 euros más y sigue robándome. Y a los valencianos quien nos devuelve el dinero y evita que nos vuelvan a robar???????
Puede que de las respuestas anteriores no haya quedado suficientemente claro. Claro que son ilegales las escuchas entre un abogado y su cliente, sólo se recoge una excpeción, y es para los casos de terrorismo. La fiscalía general del Estado investiga determinados delitos de oficio. Pero el derecho a la defensa es es un interés jurídico privado y se determina si se ha vulnerado o no a instancia de parte, no de oficio.
En relación a tu alusión a la justicia y a las películas y series americanas… bienvenida al mundo real.
Y, por último, los jueces no son licenciados en derecho cualquiera, son funcionarios públicos que han pasado determinadas pruebas para acceder a sus cargos, y se entiende que se preparan para no cometer errores. Unos tienen consecuencias más graves que otras, Garzón no se equivocó, prevaricó y por eso le han condenado. A los valencianos el dinero nos lo devolverían los culpables si hubieran tenido un juez instructor que no hubiese prevaricado.
Que el articulista diga que la sentencia, en el sentido «estrictamente jurídico», es justa, y obvie, (pase por alto, no cite), el «pequeño detalle» de que la escuchas estaban avaladas por Fiscalía del Supremo, y que el juez que continuó con el caso, también las avaló y las incorporó, es, hablando en castellano estricto, tergiversar, manipular, inducir, y, dicho de forma menos estricta, contarnos milongas y hacernos comulgar con ruedas de molino.
Que la fiscalía u otro juez avalen una actuación ilegal no convierte esa actuación en legal. Es el tribunal que juzga esa actuación el que determina si la misma es legal o ilegal. No me acuse de tergiversar, manipular, inducir o contar milongas y hacerles comulgar con ruedas de molino. Yo doy mi humilde opinión y después de haber leído la sentencia no artículos de prensa.
Añado otros «pequeños argumentos» no mencionados en el artículo. (No son míos, son de juristas, aunque yo también había llegado a esta misma conclusión, sin serlo).
Mercedes García Arán, catedrática de Derecho Penal de la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB): «La prevaricación sólo es posible cuando la actuación del juez es completamente insostenible, sin ninguna posible explicación jurídica. Es evidente que nunca puede darse este supuesto cuando la misma decisión ha sido avalada después por otro juez instructor [Antonio Pedreira], por la Fiscalía y por un magistrado en un voto particular y sólo se persigue a uno de ellos».
José Antonio Martín Pallín, exmagistrado del Supremo: «Es una sentencia innecesariamente larga, con una exuberante cita de doctrina jurisprudencial, pero con un problema muy perturbador para el sistema: se le dice a los jueces que la interpretación de la jurisprudencia puede dar lugar a prevaricación».
Francesc de Carreras, Catedrático de Derecho Constitucional de la UAB (este, antes de conocer la sentencia): «Si consideramos que Garzón se equivocó, y hay razones para así considerarlo, la consecuencia es, simplemente, que las pruebas obtenidas son ilícitas y, por tanto, inválidas. Pero de ahí a concluir que ha prevaricado media un trecho injustificable. El delito de prevaricación consiste en dictar conscientemente –»a sabiendas»– una resolución judicial contraria a la ley. Para ello es preciso que tal resolución sea manifiestamente irrazonable, sin justificación ni argumento jurídico que la sustente. Hemos visto que en este caso ello no es así: los criterios de Garzón son acogidos por otros jueces, fiscales, tribunales internacionales de derechos humanos y sectores doctrinales».
¿Por qué no lees la sentencia en lugar de leer lo que otros decimos?
si tanto sabes, o intentas hacer ver, cuenta las cosas como son o informate de todos los casos anteriores que no han sido juzgados y se han limitado a declarar las pruebas ilegales, o en casos q sean aceptado como pruebas dichas grabaciones. Y si la justicia es igual para todos, me gustaría saber «bajo tu punto de vista» porque no acusan también al ministerio fiscal q avalo las escuchas o al juez Pedreira q las prorrogo. Y si se trata de PP o de PSOE q diferencia hay cuando es corrupcion?Porque parece ser q se olvida el fin principal por el que se iniciaron las escuchas, nos han robado y lo estan haciendo y es algo que siempre ha pasado pero ahora encima lo hacen riendose de nosotros. no entiendo, parece ser q segun del partido q seas si lo hace tu partido esta bien, es defendible y excusable y mientras esto pasa España se va a pique, pero siempre defendiendo las ideologias de un partido q normalmente no representa los intereses del ciudadano, es decir, nuestros intereses.
Infórmeme usted, se lo ruego, si los conoce dígame cuales son, si son idénticos al del juez Garzón ya puede llamarle y decírselo porque le hará un gran favor.
Y no acusan al Ministerio Fiscal ni al juez Predeira porque ellos no ordenaron las escuchas, y en segundo lugar no creo que les hayan interpuesto querella alguna.
No hay ninguna diferencia cuando se trata de corrupción y yo no he tratado de obviar nada. Si no me conoce y sólo ha leído este post le ruego que no se forme una opinión de mi persona.
Sobre la justicia «legal» con los ojos vendados y la justicia «social» sin vendar: es una imagen bonita pero considero que poco acertada. No se trata de que la sociedad, pareciéndole justas las leyes, quiera que concluyan lo que a ellos les apetece, sino que en multitud de casos, la mayoría, las mismas leyes se antojan injustas. Obviamente el sentido a aplicar no puede ser el de si se ajustan a la legalidad vigente o no, pues esas leyes se ajustan tautológicamente a sí mismas. La justicia con los ojos vendados o sin vendar se aplica tomando en consideración una legislación que hacen los hombres con los ojos destapados. Una mala legislación nos dará una justicia «injusta», por muy vendados que estén los ojos. La trampa en este caso viene antes y la venda en los ojos no es sino una excusa para legitimar el statu quo.
En cuanto a la sentencia en sí, me sorprende que, como han dicho en otros comentarios, en otros casos similares simplemente se han desestimado las escuchas, en este además fueron avaladas por el Fiscal y otro juez etc. Creo que en esto no ha sido tomado en cuenta a la hora de redactar la opinión del tema y si uno deja parte de la realidad fuera a la hora de considerar un tema el resultado es parcial, por muy preciso que sea de acuerdo a los datos que sí se han tenido en cuenta. Simplemente porque considerar sólo la sentencia es parcial.
Parece ser que tú tampoco has leído la sentencia. En ella se explican cuestiones a las que haces referencia, por tanto ni yo soy parcial a la hora de dar mi opinión, ni la sentencia tampoco lo es.
Me gusta mucho tu reflexión acerca de la justicia, pero no la comparto. ¿En qué te basas para decir que la ley es injusta? ¿Qué ley? ¿Todas?. ¿Cuando un juez actúa conforme a derecho esta actuando injustamente?. Son muchas las dudas que se plantean, como he dicho, en torno al concepto de lo justo y lo injusto. La justicia se reprensenta con los ojos vendados con el fin de ignorar a quién se va a impartir justicia, no con el fin del que tú hablas. No obstante, si como bien dices, las leyes son injustas, los tribunales no imparten «estrictamente» justicia. Ahora bien ¿quién determina cuando una ley es justa o injusta? La sociedad, pero ésta no imparte justicia, sino que elige a sus representantes para que dicten leyes justas, y poco a poco se conforma el Estado de Derecho.
Pues no, no había leído la sentencia. Leí en diferentes medios opiniones al respecto y les hice caso, cuando de todos es sabido que a los medios de comunicación hay que cogerlos con pinzas. Estaba leyéndola ahora y parece ser que llevas razón, aunque no entiendo lo suficiente del mundillo legal como para valorarlo más allá de una mera opinión, sin más.
Al margen de eso, si te sobra un rato, ¿qué opinas de esto? http://www.publico.es/espana/421469/el-arma-de-destruccion-masiva-de-gurtel
Es sólo un artículo de opinión, pero me suscita curiosidad.
Y, sobre lo de la justicia… sólo añadía otra cosa que me parece relevante a lo que reflexionabas. Para valorar la legitimidad o no de las leyes en ese sentido hay que observar las leyes concretas en cada caso.
Quiero decir… no sólo existe la aplicación o no de la ley, a favor de lo que opinen unos u otros, teniendo por un lado los que la aceptan por su imparcialidad, al margen de a quién se juzga (justicia con la venda) o los que consideran que no es justa porque no les gusta el resultado, tomando en cuenta a quién se aplica (justicia sin la venda), muchas veces se clama contra la ley en sí misma o un mecanismo legal etc. (o sea, que el reglamento a aplicar por la justicia no es neutro) .
Por ejemplo, simplificando mucho, podría ser el caso de que pagando una cantidad de dinero uno pueda estar en libertad bajo fianza, mientras que si no se dispone de dicha cantidad debe permanecer en prisión. La aplicación de la ley, por parte de los encargados, puede ser neutra pero la posibilidad de que dependiendo de la cantidad de dinero de una persona uno pueda estar en la calle o no no lo sería. Y eso depende de quien hace la ley. Como dicen por ahí «quién hace la ley hace la trampa». Otro ejemplo sería considerar la homosexualidad un delito y, por mucho que la justicia actuase con una venda, la misma estructura que incluye todo lo judicial, las normativas, etc., se habría aplicado sin vendas sobre la sociedad, criminalizando esto, siendo la venda en los ojos sólo un elemento propagandístico, pues la «trampa» está hecha de antemano.
¿Hasta qué punto es este caso de uno u otro tipo? No lo tengo del todo claro.
Un saludo.
Me alegro de que hayas intentado leer la sentencia y valores lo que dicen los jueces y no los medios de comunicación, eso dice mucho de ti.
En relación al artículo de público, es algo más que un artículo de opinión, y me gusta lo que dice. Mezcla algunas cosas, pero en el fondo la pregunta dirigida a los que se querellan contra Garzón da en el clavo ¿Por qué no denunciaron al juez Pedreira? Probablemente fuera porque iban contra Garzón y se lo querían cargar, y lo que dice el artículo tiene cierto sentido. No obstante el artículo omite una cuestión importante. Como bien dice,el juez instructor impulsa la investigación, pero también el Ministerio Fiscal, y aquí el Ministerio Fiscal prefirió no personarse, con lo cual, el MF que podía haber citado a Pedreira no lo hizo (No lo citó porqué no se personó y todos sabemos porqué no se personó). De todas formas, Ekaizer está presuponiendo que si Pedreira hubiera comparecido no habrían condenado a ninguno, yo creo que hubieran condenado a los dos. En todo caso, eso no lo sabremos. La última pregunta que hace Ekaizer en su artículo ya es mucho más subjetiva e inductora de la opinión pública, presume la mala fe de una querella, pero la presunción no basta, hay que probarla, y decir que los querellantes iban a por Garzón porque es un juez incómodo es algo relativo. ¿Incómodo para quién? ¿PP, PSOE, ambos? ¿Hay una conspiración contra Garzón? Yo creo que si Garzón hubiera hecho las cosas como debía hacerlas no le habría pasado nada de esto, así que haya o no haya conspiración, lo cierto es que él ha dado motivos más que suficientes para ponerse en el disparadero, y el resultado ya sabemos cual es.
Yo valoré la sentencia no lo que rodea a la sentencia, me has pedido una opinión, y te he dado, pero hay miles y miles de cosas que fuera del hecho que cometió Garzón no estamos valorando, y tampoco creo que nos lleve a ningún lado. ¿Fue la instrucción contra Garzón perniciosa? Lo dudo, pero si lo fue el Tribunal Constitucional, o el de Estrasburgo lo determinarán. Yo no me atrevo a decir eso con rotundidad, yo lo que te puedo decir es que la sentencia que dictan los siete magistrados del tribunal Supremo con arreglo a los hechos probados, en mi opinión es magistral.
En relación a lo que comentas de justicia, simplificas demasiado. Pero sí, no siempre las leyes pueden ser justas de un modo absoluto, pero la ley está para regular lo general no lo particular, es un principio básico de todas las leyes. Son los jueces los que valoran en cada caso, dentro de los límites que marca la propia ley (la ley en ocasiones contempla supuestos excepcionales, por ejemplo el más claro es la legítima defensa), si se puede dejar de excluir una ley o no. La venda la tienen los jueces respecto de los que son juzgados, pero los jueces conocen el ordenamiento jurídico, no es un elemento de propaganda, la propaganda es lo que rodea a lo que dice la ley y lo que dicen los jueces, cónoce la ley y luego podrás valorar que es propaganda y que no lo es. Todo eso requiere estudio, y por eso no es fácil juzgar, y por eso se preparan y opositan los jueces. Hay que interrelacionarlo todo para poder llegar a comprederlo. Un saludo.
Brillante análisis de la realidad de lo que está pasando en torno a Garzón. Enhorabuena, pero ya ves la cantidad de gente que está en desacuerdo… y gente muy inteligente. Yo estoy contigo.
La sentencia hacia Garzón por el caso Gurtel:
La sentencia para Garzón como dolosa (por los 11 años y expulsión de la Judicatura) en el caso Gurtel entiendo que es incorrecta por la aplicación del Artículo 446 cuando no se cumplen los requisitos para ello.
A saber, demostración convincente por parte del tribunal de que las resoluciones tomadas por Garzón son completamente a conciencia de obrar contra la justicia, y no haber explicación posible para su aplicación.
Es decir “maldad e injustificación” manifiesta para tomar dichas medidas de escuchas telefónicas.
Pero esta consideración de que las decisiones de Garzón no tienen justificación o explicación convincente no es aceptable por muchas pruebas al respecto, por ejemplo:
1.- Ya había habido anteriormente indicios de la connivencia entre acusados y sus abogados para delinquir, evadir o continuar con los negocios ilegales que tenían los acusados.
2.- La fiscalía estuvo de acuerdo con las decisiones de Garzón. Luego eran justificables desde algún punto de vista de la fiscalía.
3.- Los jueces que tomaron posteriormente este caso también creyeron que eran justificables las medidas tomadas por Garzón, y las prorrogaron.
Luego existen justificaciones para las decisiones de Garzón tomadas por terceras partes de la judicatura, y también, para cualquier ciudadano que conozca el tema en cuestión.
Así pues se desvanece la principal justificación de para la consideración de Prevaricación Dolosa, es decir, “la imposibilidad de una explicación lógica” por parte del acusado de prevaricación (Garzón) de la toma de sus decisiones y de su actuación consciente y maliciosa para el quebranto de justicia.
Por otra parte las posturas y aseveraciones del tribunal considerando los autos de Garzón como “tercermundistas y totalitarios” es simplemente una acusación gratuita, incierta y malintencionada (y con intención condenatoria), pues aquí lo que se trata es que los mafiosos organizados no utilicen a sus abogados para delinquir, cuestión que ha sido debatida, autorizada legalmente en distintas ocasiones, puesta y retirada por distintos tribunales competentes, etc.
Por tanto una postura confusa y revisada asiduamente, cuestión está que apoya la lógica aplicación de Garzón en sus autos por convencimiento propio de su utilidad y justificación.
La cuestión por tanto quedaría en ver si existe Prevaricación Culposa (art.447) por parte de Garzón.
Esto es más discutible, y quizás se podría llegar a considerarlo así por parte de un tribunal justo e inteligente, pero en todo caso las penas serían muchos menores; cuando mucho seis años de inhabilitación.
Y la cuestión final es, ¿Porqué un tribunal (TS) castiga improcedentemente a un luchador por la Justicia, que tanto buenos resultados ha obtenido?
Vamos a eliminar a todo aquel que se atreva con los desmanes de los grandes poderes fácticos de este país. (Gal-Pesoe, Gurtel-PP, mafias, etc.)
A final todo queda en envidias, rencillas entre compañeros y servidumbre hacia los poderes fácticos y estatales.
Saludos. Fernando mancebo rodríguez.
Me gusta tu comentario, traes a colación diversos argumentos jurídicos. Sin embargo, me parece que no has leído la sentencia, o si lo has hecho no la has leído con suficiente atención. Te contesto a tus puntos:
1- Garzón ordenó escuchas a acusados que aún no habían designado a sus abogados, era materialmente imposible que existieran evidencias delictivas, puesto que se ignoraba quien iba a defender a los mismos. Te remito al Fundamento de Derecho segundo apartado 3. Lo explica bien claro.
2 y 3- Lee el Fundamento de Derecho Decimo Primero, contesta a tu planteamiento de una manera más que sobrada.
El porqué considera el Tribunal Supremo dolosa la actuación de Garzón, entre otros, se recoge fundamentalmente en el Fundamento de Derecho Quinto. A él te remito.
Y en cuanto la prevaricación culposa de la que me hablas en tu comentario, fueron dos los autos que dictó el juez Garzón, y muchos los planteamientos que hicieron la fiscalía y la policía en relación a los mismos y al derecho de defensa para considerar que hubo imprudencia u error por parte de un Magistrado tan experimentando y con una carrera tan dilatada como Garzón. De todos modos, repito, en la sentencia se fundamenta con pelos y señales todas las decisiones que se adoptan. Creo que si las has leído deberías volver a hacerlo. Un saludo.
Soy abogada, y estoy totalmente de acuerdo con tu publicación, porque lo cierto es que Garzón cometió prevaricación, y la sentencia es intachable desde el punto de vista jurídico. Me parece indignante la manipulación de los medios de comunicación, y más que los propios periodistas, que no tienen porqué saber Derecho, me parece sorprendente que abogadas como Cristina Almeida apoyen esa manipulación con sus comentarios al respecto. Es una pena la politización de este caso, y que pronunciarse a favor de la Sentencia sea de ser un facha.
Has hecho muy bien en decir en tu publicación que este Juez hizo cosas buenas, porque así ha sido, y eso es indudable, pero eso no le exime de la pena que le corresponde por la comisión de un acto delictivo. Es una pena, que con lo inteligente que ha demostrado ser, se haya dejado llevar y no sólo haya arruinado de ese modo su carrera, sino que además por su actuación los verdaderos delincuentes queden impunes por la obtención de pruebas vulnerando derechos fundamentales.
Creo que eres la primera persona versada en el mundo del derecho que comenta mi post, no sabes cuanto me alegro que estés de acuerdo con ella. Buenas noches!