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Combatir el terrorismo

Artículo publicado en Estrella Digital

«Haced como España. Fueron asesinados en su tierra y salieron a la calle contra su Gobierno«. Este es el mensaje que DAESH manda a los franceses haciéndose eco de las manifestaciones que tuvieron lugar en nuestro país tras el 11-M. Unos atentados que cambiaron el signo de unas elecciones por el miedo que infundieron los terroristas en la sociedad.

El miedo. El miedo no es algo ajeno a la sociedad española. Hemos convivido con él muchos más años de los que nos gustaría gracias a la banda terrorista ETA. Testimonios de víctimas del terrorismo –que deberían ser de lectura obligada en clase de historia de España– dan fe del infierno por el que se nos hizo pasar a todos los españoles: Mirar debajo del coche todos los días antes de arrancarlo, cambiar el itinerario para llevar al colegio a los niños, mudarse a otra ciudad por las constantes amenazas, destrozos ocasionados por la ‘kale borroka’… En España hemos sufrido demasiado como para olvidar tan rápido. Por ello, el pasado 13 de julio, en el XIX aniversario de su muerte, rendí por primera vez, en persona, homenaje a Miguel Ángel Blanco en el parque que lleva su nombre en Madrid. Escuchando las palabras de su hermana Mari Mar Blanco, así como las emotivas palabras de Soledad Becerril, recordé lo que fue capaz de hacer la sociedad española aquel julio de 1997: Enfrentarse al terrorismo con unidad y determinación. Se dijo bien alto y al unísono: ¡Basta ya! Hasta el punto que se produjo un cambio, no sólo en la sociedad española, sino también en la sociedad vasca. Demostramos que unidos éramos más fuertes que las bombas, las pistolas y las amenazas.

El atentado de Niza, que ha segado la vida de 84 personas, se suma a la multitud de atentados que DAESH protagoniza cada día, tanto en Francia como en Irak, como en cualquier parte del planeta. El miedo que se respira en Occidente, cada vez que ocurren hechos como el del pasado jueves, es mucho mayor que la que puede generar en otros lugares porque tenemos mucho más que perder que la vida. Pero, al igual que tenemos mucho más que perder, también tenemos una capacidad de reacción –como sociedad– que no debería tardar mucho más en llegar.

La falta de reacción es preocupante y podemos echar la culpa todo lo que queramos a nuestros líderes, pero DAESH no sólo nos está matando y aterrorizando, sino que además se permite el lujo de decirle a sus seguidores que hagan como hicimos los españoles ¿Qué clase de broma es esta? ¿Cómo podemos ser tan estúpidos como para que esto ocurra? Es la sociedad Occidental la que tiene que reaccionar como reaccionó España saliendo a la calle ante el más asqueroso de los chantajes que hemos vivido en este país, digamos bien alto: ¡BASTA YA! Y gritemos: LIBERTAD. Hagamos ver a los terroristas que los que están solos son ellos y que unidos somos invencibles.

Twitter y el delito de apología

Ya ha sido detenida en España una persona por escribir tuits. El delito que se le imputa al detenido es el de apología del delito de asesinato.
Es un tipo poco frecuente en la práctica y hasta ahora conocido por haber escuchado en las noticias que determinados grupos de radicales han sido detenidos por hacer apología del terrorismo o del nazismo. Sin embargo, ocurre que en nuestro Código Penal también se contempla el delito de apología de homicidio y asesinato, lesiones, detenciones ilegales y secuestros, exhibicionismo y provocación sexual, robo, extorsión, estafa o apropiación indebida, receptación y otras conductas afines, cultivo y tráfico de drogas, rebelión militar, delitos contra la corona, asociación ilícita, sedición, atentados, terrorismo, y genocidio.
Y es que cuando hablamos del delito de apología lo que se está castigando es un uso de la palabra con un fin delictivo. Es por ello que se exige que para que la apología como forma de provocación sea delictiva, de este modo el Código Penal dispone en su artículo 18.1.2

“Es apología, a los efectos de este Código, la exposición, ante una concurrencia de personas o por cualquier medio de difusión, de ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan a su autor. La apología sólo será delictiva como forma de provocación y si por su naturaleza y circunstancias constituye una incitación directa a cometer un delito.”

¿Puede considerarse exagerado detener a alguien por escribir en una red social, ante una concurrencia de personas, el deseo de que sigan matando a personas por el hecho de ser de un partido político? ¿Y si se incita para que sigan poniendo bombas en el País Vasco? ¿Y si se incita para que los Ucranianos maten a todos los rusos separatistas?
A mi juicio lo más crítico es que se pruebe que hay una incitación directa a cometer un delito. Es ciertamente complicado demostrar eso, y más cuando estamos hablando de una red social que tiene muy poco tiempo de vida.
No obstante, debemos tener presente que esta red social ha sido protagonista hace pocos años de la Primavera Árabe y ha servido para movilizar a cientos de miles de personas en muchos lugares del planeta. Este simple hecho es suficiente para no tomarse a la ligera lo que se escribe en twitter. Las masas sociales son volubles y tanto pueden incitarse a la indignación como a la violencia, como a una buena causa.
El tipo penal que contempla nuestra ley tiene una razón de ser, la incitación a la comisión de un delito por parte de un sujeto ante una masa de personas enfervorizada puede tener un efecto devastador. Las redes sociales aglutinan concentraciones de personas constantemente. Muchas de esas personas están sentadas en un sofá con el Smartphone en la mano o delante de su ordenador y rara vez levantarán el culo del asiento para cometer un delito porque algún desnortado escriba alguna barbaridad en twitter. De igual manera que porque desde una cuenta de carácter radical se incite al odio a una raza o a una religión quien lea esos tuits difícilmente empezará a odiar a los asiáticos o a los hindúes. ¿Debe prohibirse en el segundo caso y permitirse en el primero?

Está claro que si vemos a alguien ante una multitud en la calle haciendo cualquiera de las dos cosas lo desaprobaremos y nos parecerá mal. De hecho es perseguible por la autoridad. Sin embargo, si no te ve nadie o nadie te denuncia ese acto pasará totalmente desapercibido. El problema que tiene twitter es que deja rastro, de manera que conviene medir las palabras que se escriben, porque aunque uno entienda que son simplemente palabras y que no “van en serio” el que está al otro lado de la pantalla no sabe lo que tú piensas al escribirlas. Asumir la responsabilidad, una vez más, parece ser una tarea pendiente, y ahora burdas excusas como que la policía persigue a los tuiteros y no a los políticos invaden la red social. Señores, si una persona se va a una mezquita con pancartas en contra de los musulmanes e incita a todos los viandantes a matarlos porque son musulmanes, o a la sede de un partido político a hacer lo mismo, esa persona probablemente será detenida. El hacerlo en una red social y pensar que por eso no va a pasar nada es de lo más ingenuo que he visto nunca. Y la policía lo perseguirá porque se lo ponen delante de las narices, no por estupideces de igualdad o politización de la justicia.

Concluiré diciendo que el delito de apología fue introducido en el año 95 y siempre ha habido un intenso debate en torno al mismo, a nivel mundial. ¿Debe contemplarse como delito algo para que sepamos la importancia que tiene lo que decimos o lo que escribimos? En mi opinión no debería ser necesario, pero sinceramente, he leído tantas barbaridades a lo largo de mi experiencia en twitter que me parece bien que se detenga a un sujeto que demandaba más asesinatos de gente por ser de un determinado partido (tener una determinada ideología en definitiva) y esclarecer si ha incurrido o no en una conducta delictiva. Puede que ello sirva para que a la hora de escribir nos contengamos un poco más, o pensemos dos veces. Twitter, aunque lo parezca, no es una tertulia de bar con amigos, es una red social en donde un solo tuit puede generar un impacto tremendo y eso no es algo que deba juzgarse a la ligera.

Reflexiones a bocajarro (IV)

Asistimos a una serie de fenómenos inusuales si tenemos en consideración que la raza humana lleva más de 2.000 años habitando este planeta. Pienso, considero, que son inusuales porque a lo largo de esos más de 2.000 años de historia nuestro planeta ha sido testigo de todo tipo de cosas. Lo más grave, por desgracia para nosotros, es que las más traumáticas para los seres humanas parecen condenadas a repetirse. Probablemente se hayan repetido con matices que las han distinguido, pero en el fondo se repiten.
Parece como si el destino quisiera jugarnos una mala pasada y por una inexplicable razón nuestra naturaleza lleve implícito aquello de tropezar dos veces en la misma piedra. Y es cierto, el hombre es el único animal que tropieza dos veces en la misma piedra. Pero es que si nos abstraemos del individuo y pensamos en el conjunto de la raza humana nos encontramos con que no sólo tropieza dos veces, si no miles. Quizá esa sea una de las razones por las que sobrevienen los regímenes totalitarios. Trataré de explicarme.

Cuando el hombre goza de libertad, normalmente, su propia naturaleza le inclina al ocio. Si disponemos de tiempo libre nos gusta divertirnos, despreocuparnos, disfrutar haciendo lo que nos gusta. Y, salvo en contadas ocasiones, eso no implica esforzarse. Si puedo obtener lo mismo sin esforzarme ¿para qué voy a hacerlo? Es un pensamiento que, nos guste o no, es de lo más común. ¿Hay gente más ociosa en una sociedad libre que en una sociedad totalitaria?
Puede que me esté expresando mal. Hablamos de exigencia no de libertad. Aunque muchos pueden concluir que a mayor exigencia menor libertad, puesto que esa mayor exigencia requiere un mayor esfuerzo y ese mayor esfuerzo implica menor tiempo libre para que uno pueda hacer lo que le dé la gana. Si bien equiparar la libertad a hacer lo que a uno le dé la gana es algo muy discutible. Pero, al menos por hoy, vamos a dejarlo aquí.

Retomando el hilo anterior, si una sociedad tiene una menor exigencia para con sus integrantes puede ocurrir que los miembros de esa sociedad se relajen en exceso. Ese exceso de relajación puede tener un efecto positivo pues el hombre con tiempo libre puede alcanzar magníficos resultados si lo emplea adecuadamente. Pero también pueden producirse efectos negativos. De modo que ese exceso de relajación convierta a ese hombre en un descuidado y acabe siendo menos diligente o menos productivo de lo que puede esperarse de él.
¿Puede decirse que la falta de exigencia ha motivado la crisis actual? Considero que no. Puede que en la que vivamos dentro de unos años sea otro gallo el que nos cante. No puede tratar de reducirse todo a una sola causa.
Sin embargo, sí que advierto algo inquietante. Lo que me inquieta es que hemos teñido de complejidad determinadas actuaciones con el objeto de eludir la exigencia. Es como si dijéramos que hemos evolucionado para tratar de escapar de aquello que nos hacía ser una sociedad próspera. Con diversos objetos, pero siempre con un patrón similar: disfrazando el sentido de las palabras, enredando la madeja para que sea casi imposible averiguar dónde empieza el hilo, fingiendo sentimientos que desconocemos, creando inquietudes inexistentes o inventando necesidades que en realidad son caprichos. En definitiva, mintiéndonos a nosotros mismos.
Más de 2.000 años después seguimos sin ser capaces de ponernos de acuerdo en algo tan simple como que lo que realmente vale es aquello que tiene valor per sé y no por que lo diga el mandatario de turno. Nos hemos creído tanto nuestra propia mentira que somos incapaces de ver lo que probablemente sea la realidad. Y prefiero no afirmarlo taxativamente para no caer en el enfrentamiento al que nos ha abocado el mentirnos a nosotros mismos. Quizá sea porque las cosas no valen para todos lo mismo. No lo sé.

El hecho es que llega un momento en que esa libertad de la que goza una sociedad, sino va acompañada de una exigencia para el individuo, se vuelve nociva. Llega un punto en que los hombres libres pierden la referencia de aquello que les había dado su propia libertad, e irremediablemente la pierden. Si lo pensamos a nivel de un solo individuo es fácil encontrar un ejemplo. Sin embargo, es mucho más complejo imaginarlo al nivel de una sociedad entera; ésta es heterogénea y por tanto en ella misma hay contrapesos naturales que determinan que esa pérdida de libertad tarde más en llegar. A mi juicio ya quedan pocos contrapesos para que llegue ese fatídico momento y si no nos exigimos más, a cada uno de nosotros mismos, acabaremos perdiendo no sólo la libertad si no mucho más.
Entiendo que algunos piensen que ya han perdido la libertad. Sin embargo, es probable que una reflexión seria sobre las consecuencias de los hechos propios les lleve a cambiar de opinión. Claro que para ello hay que pararse a reflexionar, y dado que no nos damos el más mínimo respiro, y que cuando lo tenemos “desconectamos” es probable que, más pronto que tarde, las cosas dejen de ser como eran.

¿Son los escraches constitutivos de delito?

¿Recuerdan ese juego infantil que consiste en poner las manos alrededor de la cabeza de un compañero de clase, sin tocarle, y a medida que él se mueve, hay que mover las manos para que éstas continúen alrededor de su cabeza mientras se dice insistentemente y con ánimo exculpatorio: “No te toco, no te toco”? El escrache es algo similar.

Pongámonos en antecedentes. La primera vez que alguien aludió públicamente a los escraches, si bien es verdad que no utilizó este término, fue Ada Colau. Concretamente el mismo día que la propia portavoz de la PAH cobró relevancia pública por llamar criminal al representante de la banca en el Congreso de los Diputados. En un momento de la comparecencia (a partir del min. 1:30 y 2:40)  anuncia que los diputados que voten en contra de la iniciativa legislativa popular serán “públicamente señalados allí donde vayan” (escrache), como medida de presión social.

Como exponía hace algunas semanas, en este mismo blog, estas medidas de presión social sobre los diputados, representantes de la soberanía nacional, son un auténtico pulso al Estado de Derecho.

Pero, ¿son los escraches constitutivos de delito? Nuestro Código Penal, en su artículo 498 dispone: “Los que emplearen fuerza, violencia, intimidación o amenaza grave para impedir a un miembro del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma asistir a sus reuniones, o, por los mismos medios, coartaren la libre manifestación de sus opiniones o la emisión de su voto, serán castigados con la pena de prisión de tres a cinco años.” El fin jurídico protegido por esta norma es que los miembros de las instituciones del Estado desempeñen sus funciones libremente. Tratar de incidir en la opinión o en el sentido del voto del diputado es un hecho muy grave; sin embargo, no es la conducta tipificada en este precepto. En el mismo, se habla de coartar la libre manifestación de las opiniones, o la emisión del voto de los diputados, no de condicionarlos. Hasta ahora no puede demostrarse, y por tanto tampoco enjuiciarse en un tribunal, que la finalidad expresa de los escraches sea que los diputados del PP no emitan su voto o manifiesten libremente sus opiniones. Aunque, es verdad que, una interpretación extensiva del término “coartar” nos conduciría a un resultado distinto, pero quizás sería demasiado forzado para que lo admitiera un tribunal, a la vista de las recientes resoluciones dictadas sobre los delitos contra las altas instituciones del Estado.

Ahora bien, del contexto actual cabe extraer una serie de conclusiones:escrache-pons-pah

 – El objeto del escrache es revelar a la opinión pública que diputados no votan a favor de una determinada ley en el parlamento. (La ILP propuesta por la PAH) – Los escraches no emplean violencia material, pero en el ámbito penal basta con la intimidación para que exista delito. Esto es, que es la actividad vaya dirigida a producir temor por el anuncio de un mal. – ¿Es el escrache intimidatorio? A mi juicio, en sí mismo, no lo es. Y si lo es, resulta muy complicado probarlo. Pero no podemos aislar el escrache y contemplarlo como un acto aislado. Y no podemos hacerlo por las palabras que Ada Colau empleó en el Congreso de los Diputados. Ella misma estableció la correlación directa entre la postura de los congresistas con relación a la ILP y los escraches. Condicionó el voto en contra con un escrache.  – De modo que este razonamiento jurídico nos lleva a concluir que la PAH, a través de su portavoz Ada Colau, pretendía, o pretende, incidir en el voto de los diputados.

Esto sentado, si bien es verdad que, como hemos dicho antes, en nuestro Código Penal no se contempla un tipo específico de delito para el caso de que se trate de incidir, mediante amenazas, o coacciones, en el voto que emiten los diputados. También es verdad que ese tipo no es necesario porque existe un tipo genérico que tiene por objeto proteger el bien jurídico de la libertad individual. Esto es el delito de amenazas, o en su caso la falta. (Art. 171CP).

Por lo tanto, si bien cabría enjuiciar a la PAH por amenazar, a través de su portavoz, a los diputados con sufrir escraches (“señalamientos públicos”) en sus domicilios y en la vía pública si no adoptaban una determinada postura con relación a la ILP presentada por la propia plataforma, un acto aislado de escrache no es constitutivo de  delito o falta, porque en sí mismo no entraña violencia. Estamos ante una laguna legal que parece que va a ser cubierta en la próxima reforma legislativa. Son los denominados los actos de hostigamiento o “stalking” (denominación anglosajona), que consisten en una serie de conductas que van dirigidas a lesionar gravemente la libertad o seguridad de la víctima, pero que en sí mismas no entrañan violencia, y por lo tanto no son constitutivas de delito, como pudiera ser el de coacciones.

Es preocupante que a través de una laguna legal de este calibre pueda condicionarse el voto de los diputados en el Parlamento. Existen delitos que castigan la intención de condicionar la actividad de las Cámaras Legislativas, pero éstos sólo atienden al momento en que están reunidas, olvidando que medidas de presión social orientadas a la intimidación de las personas individuales, que son los diputados, pueden conseguirse los mismos resultados. El fin jurídico de que los diputados ejerzan sus funciones libremente queda, por tanto, deficientemente protegido.

Publicado en www.queaprendemoshoy.com