Repasando unos artículos de la Constitución Española me ha llamado la atención un precepto al que no había prestado atención hasta el día de hoy. Concretamente es el artículo 31.2 de la Constitución:
“El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.”
Leo y releo este precepto constitucional y me digo a mi mismo, tenemos una buena constitución, es más, en materia de garantías es de las más avanzadas de su entorno, no obstante los gobiernos que se suceden en el tiempo se empeñan en incumplirla reiteradamente. Podríamos extendernos sobre la cantidad de preceptos de la Constitución Española que se vulneran diariamente en nuestro país. Pero hoy sólo quiero hacer una breve reflexión sobre el art. 31.2.
El primer inciso impone que el gasto público realice una asignación equitativa de los recursos públicos. Equitativa. Esto es que se realice una asignación con equidad, que en este caso debemos entender como “con moderación en el precio de las cosas”. Llama poderosamente la atención como se saltan a la torera este primer inciso la gran mayoría de los contratos públicos que celebran la Administración central, la autonómica y la local. El sobrecoste de la cantidad de obras faraónicas que están dispersas por toda la nación es un reflejo de que la equidad en la asignación de los recursos públicos nuestros políticos se la pasan por el arco de triunfo.
Pero el segundo inciso especifica y añade “su programación y ejecución responderán a criterios de eficiencia y economía”. Eficiencia y economía. La RAE define la eficiencia como “Capacidad de disponer de alguien o de algo para conseguir un efecto determinado”. Y economía, en su primera acepción, como “Administración eficaz y razonable de los bienes”. Pues bien, desde luego si el efecto que se pretende conseguir con el gasto público es arruinar las arcas públicas nuestros dirigentes cumplen con creces el mandato constitucional. No obstante debemos entender que la eficiencia se exige conjuntamente con la economía en dicho gasto, por lo tanto, difícilmente puede ser arruinar las arcas públicas el efecto al que se refiere la Constitución.
Todo lo que acabo de escribir puede parecer una perogrullada. Sin embargo, habida cuenta de como está el país, parece que es conveniente recordar cual es la letra de nuestra Carta Magna. Porque que me expliquen a mí donde está la equidad, la eficiencia y la economía en un curso de experto en salud sexual y reproductiva en Senegal que tiene un coste de 206.492 €, y esto por poner un ejemplo, en este vídeo encontraréis varios
Y poco más hay que añadir. Se pide modificar la constitución española, estoy de acuerdo en que algunas cosas deben ser modificadas. Pero ¿por qué no aplicamos la que tenemos hasta entonces?